En 1920, después de participar en Chile del Campeonato Sudamericano de fútbol, la selección brasileña hizo una escala en Buenos Aires para jugar un amistoso contra Argentina. Un periodista uruguayo escribió una crónica para el archipopular diario Crítica, que salió con el título “Monos en Buenos Aires” y una ilustración que representaba a la selección del país vecino como una manada de simios. Los “macaquitos ya se encontraban en tierra argentina”, anunciaba el reportaje que generó gran escándalo, al tratar a los jugadores como “elementos de color que se visten como nosotros y pretenden confundirse entre la raza americana”. El conflicto político y diplomático alrededor de esta nota hiperbólica, aunque no excepcional, fue objeto de estudios de historiadores que se ocuparon de analizar el vínculo entre fútbol, raza y nación en América del Sur.
El episodio no solo ilumina la larga historia de un símbolo injurioso que, más de un siglo después, reaparece con la prisión de una joven turista en Río de Janeiro, sino que además revela que la insistencia en marcar esa diferencia racial con Brasil está articulada con la propia construcción de la imagen de blanquitud de la sociedad argentina.
Agostina Páez, abogada e influencer de 29 años, era parte del aluvión de turistas que llegaron, por tierra y por mar, a la costa atlántica brasileña en el verano de 2026. Atraídos por los precios y los paisajes del trópico, coparon hoteles, casas de alquiler y restaurantes de las playas más emblemáticas del país. En una de ellas, Ipanema, sucedió algo que a mucha gente no le llamó la atención, sino que le permitió corroborar un estereotipo. “Una argentina fue flagrada haciendo gestos racistas… la historia se repite”, dijo la conductora del noticiero del canal SBT al anunciarlo a su público. Contó que, a la hora de pagar la cuenta en un bar, hubo una discusión entre el mozo brasileño y tres amigas argentinas. Las cámaras captaron a Páez gritando las palabras “Amazonas” y “mono”, mientras hacía movimientos con los brazos que imitaban al animal.
La insistencia en marcar esa diferencia racial con Brasil está articulada con la propia construcción de la imagen de blanquitud de la sociedad argentina.
El trabajador del bar hizo la denuncia a la comisaría y la policía actuó con celeridad. Detenida en su hospedaje, le mostraron el video que la comprometía y declaró que era una broma con sus amigas. Le retuvieron el pasaporte y le prohibieron salir del país, con una tobillera electrónica como elemento de vigilancia para evitar una fuga. El sumario policial elevado al Ministerio Público encuadró el caso como delito de injuria racial, con penas de hasta 5 años de prisión, sin opción de libertad bajo fianza.
Al otro día, periodistas de ambos países se hicieron eco del caso. La idea de una historia repetida marcó los relatos en Brasil, con la policía usando las imágenes de la detención de la abogada argentina como propaganda de una supuesta tolerancia cero con los episodios de injuria racial, insistiendo en la idea de que el racismo “no es una broma”. La prensa argentina, por su parte, la apuntó como culpable sin gran concesión, aunque hubo voces que alertaron sobre los riesgos de usarla como chivo expiatorio de una campaña que busca aleccionar a otros turistas. De hecho, imágenes de la abogada santiagueña fueron usadas como propaganda en la campaña antirracista de la Policía Civil de Río de Janeiro. Algunos medios argentinos lo consideraron un exceso y apuntaron la existencia de un episodio similar, ocurrido pocos días después, cuando un tenista venezolano hizo gestos racistas muy parecidos en un torneo en Brasil, con mucho menos repercusión pública.
No faltaron en Argentina otras voces que señalaron a Agostina Páez como una racista coherente con su prosapia y merecedora de todo el peso de la ley sobre sus espaldas. Se mencionó su fuerte presencia en redes sociales y el perfil de “influencer libertaria”, cercana a las ideas del partido gobernante. Se recordó que es hija de Mariano Páez, empresario de transporte de Santiago del Estero, involucrado en causas de violencia de género, que hoy también luce una tobillera electrónica por agredir a su pareja. Ella declaró que se siente perseguida en Brasil y abandonada por sus compatriotas. Pero hay un peligroso doble gesto de enfoque en su figura, en una tentativa de tornar el caso un problema individual. Más allá del desenlace judicial, concentrar la atención en una especie de racista perfecta carga el riesgo de alejar el foco de la espesura histórica del problema del racismo en la Argentina, de su estrecha conexión con la autopercepción de un país blanco. En palabras de un expresidente, los argentinos “llegamos de los barcos”, en una permanente necesidad de diferenciarse de los brasileños, que “salieron de la selva”.
Es probable que Agostina Páez sienta sinceridad al declarar que no se considera racista y que actuó en estado de enojo por los gestos obscenos del mozo del bar, que se agarraba los genitales mientras la insultaba. Cuando ese otro video salió a la luz, no faltaron argumentos que quisieron colocar a la violencia de género como razón justificante de la agresión racial. De nuevo, la individualización —esta vez en la víctima del insulto— buscó imponerse como lógica argumentativa, obstaculizando la discusión política de un problema colectivo. Aun entre las opiniones que condenaron sin atenuantes la actitud de la joven abogada, aparecieron ideas que, lejos de problematizar el mito racista de la nación blanca, lo refuerzan.
Ese elemento fundante de la nacionalidad argentina deviene así una cuestión de protocolo para el buen turismo, que bien vale para los aficionados del fútbol cuando van a un partido en Brasil. El eje deja de ser el uso del insulto racial para dirimir un conflicto y se transforma en un error técnico: infringir la regla de adaptarse a las leyes del lugar que se visita, lo que parece aún más grave tratándose de un país predominantemente afro, según se dice, en contraste con la Argentina. El mito de la nación blanca y de la ausencia de racismo en un país al que se imagina sin población negra, una vez más, sale ileso frente a la tentativa de traducir el hecho en una cuestión de buenos modales veraniegos.
Más allá del desenlace judicial, concentrar la atención en Agostina Páez, una especie de racista perfecta, carga el riesgo de alejar el foco de la espesura histórica del problema del racismo en la Argentina.
Se escucha decir: hay que tener cuidado cuando se viaja a Brasil, porque las leyes contra el racismo son excesivamente rígidas. Pero tomemos un poco de distancia del turismo y del foco individualizante en las figuras de la abogada y del mozo. Conocer algo de la historia de ese marco normativo quizás ayude no solo a entender mejor al país vecino, sino también a pensar las relaciones raciales y el urgente combate del racismo en la vereda propia.
A menudo, el origen de la primera legislación antidiscriminatoria de Brasil se atribuye a un episodio que también involucraba a una extranjera que, a diferencia de Agostina Páez, desde el principio estaba posicionada en el papel de víctima. Tampoco se trataba de una turista cualquiera, sino de Katherine Dunham, antropóloga y coreógrafa negra estadounidense. En plena década dorada de la danza, ella ocupaba un lugar especial en el estrellato junto a Fred Astaire y Ginger Rogers. En 1950, llevó su gira mundial a Brasil. Durante semanas, los periódicos anunciaron su nuevo espectáculo: una verdadera “rapsodia afroamericana”, diría el Diario de Noticias, urdida a partir del estudio de la coreógrafa sobre el “folclore negro de todas las Américas”. Tras una aclamada temporada en Río de Janeiro, Dunham llegó al hotel Esplanada de San Pablo, pero no pudo alojarse porque el establecimiento alegó que no permitía huéspedes de color.
La reacción fue casi inmediata: cuatro días después del incidente, se presentó en el Parlamento un proyecto de ley para castigar “los actos motivados por prejuicios raciales o de color”. El autor del proyecto afirmó que la ley solo reiteraba una antigua tradición brasileña de “fraternidad moral”. En la cámara legislativa no hubo grandes discrepancias, aunque el reconocimiento de la existencia de “prejuicios por motivos de raza o color” en la legislación brasileña generaba cierta preocupación. Había quienes temían la proliferación de un llamado “racismo inverso”, supuestamente fomentado por las asociaciones negras. Hablar de raza, aunque fuera para calmar los ánimos, entrañaría riesgos. Una vez sorteados estos temores, el proyecto fue aprobado al año siguiente y se convirtió en la primera legislación contra el prejuicio racial en Brasil.
Bajo la Constitución de 1988, actualmente vigente en Brasil, en un logro histórico del movimiento negro, el racismo se convirtió en un delito imprescriptible. En 1989, menos de seis meses después, una nueva ley definió los delitos por motivos raciales.
Esta narrativa pasaba por alto las profundas raíces de la reivindicación por criminalizar el prejuicio racial, muy anteriores al caso Dunham y presentes desde los comienzos del período republicano a fines del siglo XIX. En plena discusión de ese caso, el periódico Quilombo, dirigido por el intelectual negro Abdias Nascimento, buscó reconocer esos esfuerzos previos para incluir el castigo de los actos discriminatorios en la legislación penal. A pesar de la falta de reconocimiento al papel del movimiento negro, Quilombo celebraba con optimismo el hito histórico que representaría un paso más hacia una “segunda abolición”. La tardía abolición de la esclavitud en Brasil, en 1888, había dejado como tarea pendiente ese segundo acto de supresión del racismo, que ahora se condensaba en una ley. Su primer artículo punía la conducta de negarse a “alojar, servir, atender o recibir a clientes, compradores o alumnos por prejuicios de raza o color”. Los artículos siguientes se dedicaban a repetir estas conductas, con indicación de situaciones más específicas, como denegar la inscripción en un centro educativo u obstaculizar el acceso a un cargo público. Las negativas siempre debían estar motivadas por prejuicios raciales.
Uno de los puntos más controvertidos de la ley era la cuestión de la motivación, problema espinoso para el derecho. Se sabe que los sistemas penales modernos diferencian, de manera abstracta, una acción descuidada de un acto intencional, doloso. Más allá de la teoría penal, la motivación sigue siendo un tema de gran relevancia en el campo de las pruebas: ¿cómo establecer, de manera certera, la verdad sobre la intención del sujeto? La imposibilidad de adentrarse en los pensamientos recónditos del acusado exige, en la mayoría de los casos, que la motivación sea explícita. En las conductas previstas por la ley brasileña de 1951, esto significaba que solo situaciones como la que vivió la estrella de la danza afroamericana serían legalmente calificables como prejuiciosas. La ley no castigaba, por ejemplo, una ofensa individual o la publicación de panfletos racistas.
Además, una infinidad de dinámicas con evidentes connotaciones raciales —como la violencia obstétrica contra las mujeres negras, las diferencias salariales, la inseguridad de la propiedad, entre otras— ni siquiera entraban en el radar de la legislación. Pero los casos eran abundantes.
A partir de noticias de prensa, el historiador Jerry Dávila elaboró un panorama sobre los casos de discriminación racial y su tratamiento en el sistema judicial, a partir de la ley de 1951. Uno de los hechos analizados fue el de Helena Coimbra, a quien se le impidió la entrada a un club nocturno en 1985. Al comienzo, un agente de seguridad dijo que el grupo, formado por Helena, negra, y sus hermanas adoptivas, blancas, no podía entrar, ya que no tenían invitaciones. Ante la entrada libre de otras personas, se le preguntó si era Helena el problema y él asintió. Helena y sus hermanas crearon entonces un hecho político: volvieron al club, esta vez acompañadas por periodistas. El caso llegó a los tribunales, pero absolvieron a los responsables. Además, el juez aprovechó la sentencia para declarar que no hubo segregación racial, ya que “el acusado declaró no tener nada en contra de los negros”. En Brasil, dijo el juez, los negros son “ídolos en los deportes, la música y el cine” y las “mulatas, sin duda, son codiciadas por la mayoría de los hombres”. A pesar del desenlace de este y otros casos similares, Dávila llama la atención sobre la disputa por los significados de la discriminación y los prejuicios por parte de las víctimas. Por muy restrictiva que fuera la ley y por mucho que el sistema judicial restringiera su aplicación, se utilizó estratégicamente para responsabilizar concretamente a individuos y a establecimientos, en la mayoría de los casos sin éxito.
La situación de la abogada argentina aún es incierta. Todavía no figura como acusada en el proceso judicial. Esa decisión está en manos de la fiscalía, del Ministerio Público de Río de Janeiro, que evaluará si hay elementos suficientes para iniciar una acción penal.
Bajo la Constitución de 1988, actualmente vigente en Brasil, la disciplina normativa de las conductas previstas en la ley de 1951 cambió significativamente. En un logro histórico del movimiento negro, el racismo se convirtió en un delito imprescriptible. El castigo puede tardar en llegar, pero puede producirse en cualquier momento. En 1989, menos de seis meses después de la promulgación de la Constitución, una nueva ley definía los delitos por motivos raciales. A lo largo de los diez años siguientes, la ley se modificó continuamente para incluir dos nuevas figuras delictivas: “injuria racial” y “racismo”. La proximidad entre estos dos tipos penales creó nuevos ámbitos de disputa, dentro y fuera de los tribunales. Las investigadoras Thula Pires y Caroline Lyrio analizaron, a partir de casos concretos, las fronteras grises entre las dos conductas. En uno de los casos, la agresora llama a la víctima “negro asqueroso”, agregando enseguida que “el lugar de los negros es la esclavitud”. En casos así, los juristas discuten si la víctima es apenas el individuo ofendido (encuadrando la conducta como injuria) o también una colectividad (lo que reconfiguraría la acción como delito de racismo). La duda no es una mera sutileza conceptual. Durante mucho tiempo, se entendió que solo el delito de racismo era imprescriptible. No en vano, este caso se leyó como una mera injuria, delito de menor gravedad, y la agresora fue absuelta bajo el argumento de un supuesto “desahogo, envuelta por una fuerte emoción”.
En 2023, este debate quedó saldado por una nueva ley que equipara la injuria racial al delito de racismo, ahora ambos imprescriptibles. Se trata de una reacción a las sucesivas estrategias para desvirtuar el delito de racismo y hacerlo ineficaz. Atenta a la trayectoria histórica del problema, la legislación brasileña se modificó para garantizar que las más diversas circunstancias tengan un marco jurídico. Un nuevo artículo, por ejemplo, prevé que la pena será más grave si los delitos se cometen con fines de diversión o recreación. La defensa recurrente de que se trata solo de una broma, como hizo Páez, puede entenderse no solo como irrelevante, sino como agravante.
Este es el duro panorama que enfrenta Agostina Páez. La situación de la abogada argentina aún es incierta. Investigada en el sumario policial elevado al juzgado, todavía no figura como acusada en el proceso judicial. Esa decisión está en manos de la fiscalía, del Ministerio Público de Río de Janeiro, que evaluará si hay elementos suficientes para iniciar una acción penal. Es muy probable que eso ocurra y que abra espacio a la más silenciosa y maleable arena de los artificios jurídicos.
Aunque muchos cambios legislativos sean festejados en la esfera pública brasileña, en la práctica judicial, los magistrados siguen siendo reticentes a aplicar penas severas en respuesta a conductas que mucha gente sigue considerando inofensivas. La solución, a menudo, es encontrar al agresor perfecto, lo más lejano posible de la imaginación civilizada, que permita atribuir al otro lo que no se permite admitir en uno mismo. La Policía Civil de Río de Janeiro utilizó las redes sociales para afirmar su virtual compromiso en la lucha contra el racismo, en una declaración que se produce menos de tres meses después de la participación de la misma institución en la masacre más letal de la historia de la ciudad, que se cobró la vida de 121 personas en un territorio de favelas, de ocupación negra histórica.
Algo que nos enseña la tortuosa trayectoria de la criminalización del racismo en Brasil es que la ley es un instrumento. Por mucho que simbolice un logro en sí misma, la legislación corre siempre el riesgo de convertirse en letra muerta, como de hecho ocurrió durante el medio siglo de vigencia de la primera ley. En Brasil, el punto de partida fue el reconocimiento legal de la existencia del racismo, en abstracto. El punto de llegada, sin embargo, puede ser la moralización de la conducta, la expiación de la culpa colectiva a través de un ofensor estereotípico, la politización de un episodio concreto o, incluso, todas esas alternativas reunidas en un mismo caso.
La clave es no dejar que el caso sea narrado como un problema que comienza cuando un argentino cruza la frontera. Hay que mirar al racismo puertas adentro. Una inusitada voz en portuñol clamó por ello en estos días. La exmodelo y actriz Anamá Ferreira, nacida en Brasil y radicada en la Argentina desde los años setenta, salió por varios medios a pedir castigo severo contra las injurias raciales. En entrevista con Jorge Fontevecchia ensayó una reconstrucción histórica de la legislación brasileña contra el racismo. Recordó que el uso de la referencia a los monos no es nueva, ni banal, y que ella misma la había padecido muchas veces en la Argentina. “Acá el racismo es como encubierto, por ahí no se habla directamente de los negros, sino de los peruanos, de los bolitas, o negro de alma, toda una estructura racista”, dijo, haciendo eco de una larga disputa política protagonizada por los grupos afroargentinos y de identidad marrón. Ella, que ganó juicios en los tribunales argentinos por insultos raciales, sabe muy bien de lo que habla. Es cuestión de querer escucharla.
