Ensayo

Macri y la migración


El absurdo de la extranjería

El nuevo DNU vincula “inseguridad” con “inmigración” y por un delito menor que no depara prisión a ningún argentino, habilita el desmembramiento familiar. Niñas y niños, argentinos e inmigrantes, crecerán sin sus padres. Por el contrario, deportar de inmediato a quienes comenten delitos graves, como plantea el decreto, impedirá a la justicia argentina actuar y obrar una reparación simbólica a los afectados. Maria Inés Pacecca estudia hace más de 20 años las políticas migratorias, y analiza punto por punto la nueva medida de Macri.

1.

Hoy, igual que en 1902, cuando se aprobó la Ley de Residencia, los inmigrantes vuelven a estar en la mira. Efectivamente, en los últimos meses circularon muchas noticias y opiniones en relación a las personas extranjeras residentes en Argentina: el acondicionamiento de un centro de detención para migrantes, informes acerca de estudiantes latinoamericanos en la UBA, preocupación por el uso de los hospitales públicos, alarma en relación a la seguridad de las fronteras, propuestas de pago de “peajes” para ingresar al país, propuestas de restricciones en el acceso a ciertos servicios, agite de cifras engañosas respecto a la población encarcelada [según las cifras del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena -SNEEP- en 2015 las personas extranjeras —procesadas y condenadas— en todas las cárceles del país eran 4.449 sobre un total de 71.464 detenidas: es decir: 6% de extranjeros, 94% de argentinos], acusaciones infundadas de criminalidad (especialmente “narcocriminalidad”) e incluso las declaraciones de un senador nacional que sostuvo que “el problema de Argentina es la cultura igualitaria”. Esta campaña de alarma, suspicacia y desconfianza allanó el camino hacia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2017, publicado en el Boletín Oficial el 30 de enero, mediante el cual se modifican aspectos sustanciales de la Ley de Migraciones Nº 25.871, salteando todos los mecanismos institucionales y democráticos.

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Bajo la bandera de “que pueda entrar y quedarse la gente de buena voluntad pero no los delincuentes”, el gobierno ha propagado la idea de que no existen controles (especialmente en las fronteras) o que estos controles son insuficientes —algo  que seguramente pueden desmentir los cientos de inspectores que se desempeñan en los puestos de fronterizos durante las 24 horas, así como las considerables cifras de rechazos en frontera y de expulsiones que publica la misma Dirección Nacional de Migraciones.

En sintonía con la voluntad para impedir el ingreso de delincuentes, los diarios registraron dos acciones fiscalizadoras puestas en marcha la semana pasada. Una de ellas consiste en exigir a las aerolíneas que, a partir de marzo, informen a la Dirección Nacional de Migraciones los datos de los pasajeros (nombre y apellido, pasaporte, vuelo, ticket de equipaje) media hora antes de despegar. La misma nota indica en 2016 viajaron a Argentina cerca de 12 millones de personas en unos 60.000 vuelos. Sin duda, es más factible encontrar una aguja en un pajar que procesar semejantes volúmenes de información sobre los pasajeros en vuelo un tiempo tal que verdaderamente sirva para “impedir el ingreso de delincuentes”. Suponiendo además que el gobierno argentino pueda tener efectivamente acceso a la información contenida en las bases de datos de los países de origen de los pasajeros.

La segunda noticia refiere al “operativo sorpresa” realizado en la terminal de micros del barrio de Liniers (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), ordenado por la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich y del que participaron la Policía Federal, la AFIP, la Dirección Nacional de Migraciones, la Superintendencia Federal de Transporte e Interpol. El viernes 27 de enero a la mañana, los funcionarios revisaron el equipaje y los documentos de aproximadamente 500 pasajeros arribados en micros internacionales de larga distancia (provenientes principalmente de países vecinos) —pasajeros que ya habían sido controlados y cuyo ingreso había sido autorizado al país por esos mismos organismos federales en el momento de cruzar la frontera internacional. Para tranquilidad de todos, no hallaron delincuentes que se les hubieran “escapado” en el control anterior.

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Por su espectacularidad, es difícil pensar estas dos acciones como algo distinto de una puesta en escena destinada a propalar la noción (controversial) de que la inmigración (o, en sentido a más amplio, el ingreso de extranjeros) pone en riesgo la seguridad. Y que ante ello es menester poner en marcha medidas tales como las que se están gestando, varias de las cuales ya han sido probadas por otros países —incluso Argentina.

El corazón de estas medidas (que han fracasado o generado más daño que el que intentaban evitar) consiste en sostener que gran cantidad de controles en la frontera (que, atención, no es lo mismo que controles rigurosos) impiden el ingreso de personas “no deseadas”. Los controles desatinados impiden el ingreso de quienes vienen por motivos dignos (visitar familiares, trabajar, estudiar, recorrer el país) ya que les exigen cosas que no siempre tienen y que tampoco son indicadoras de buen nombre y honor. Un ejemplo: durante más de diez años (aproximadamente entre 1990 y 2003), quienes deseaban ingresar a nuestro país como turistas debían mostrar una cantidad de dinero en efectivo en la frontera. Esto dio lugar a las famosas “bolsas de viaje” que alquilaban los propios transportistas: cobraban cien dólares por prestar quinientos o mil dólares durante los pocos minutos que duraba el control. Es fácil calcular la ganancia de estos prestamistas y darse cuenta que la exigencia de demostrar dinero para solventar la estadía no resolvía nada: simplemente permitió el florecimiento de una pequeña empresa clandestina.

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En esta misma línea, decenas de estudios de organismos internacionales han mostrado que, en muchísimos países del mundo, exigencias mayores (y más incumplibles) para el ingreso han hecho florecer grandes empresas clandestinas: tratantes y traficantes (o coyotes) que lucran a partir de los imposibles requisitos de las leyes migratorias. ¿Acaso alguien pagaría cinco mil o diez mil euros para cruzar el Mediterráneo en una patera si pudiera subirse a un avión que, por la décima parte, traslada de manera segura al destino deseado? Quienes “venden” boletos en pateras no ofrecen un servicio de transporte sino un mecanismo de evitación de un control. En todo caso, lo que puede disuadir a algunas personas no son los controles per se en las fronteras, sino los riesgos a los que se exponen para evitarlos -incluida la muerte en el mar. Hasta ahora, las fronteras argentinas no son mortíferas: nadie muere intentando cruzarlas. En un mundo que valora tan poco la vida de las personas migrantes, este es un motivo de orgullo.

También se está discutiendo la cuestión de los antecedentes penales. Es importante distinguir en qué momento se piden: ¿cuando la persona ingresa al país? ¿O cuando la persona solicita la residencia en Argentina? Solicitar los antecedentes penales en el primer caso (cuando las personas ingresan al país) implica que todos quienes vengan a la Argentina por el motivo que sea tendrían que pedir sus antecedentes en su país más o menos al mismo tiempo que sacan su pasaje. Imaginemos que en Brasil, Uruguay, México, Grecia, Italia o España nos exigieran carencia de antecedentes penales para visitar e ir a las playas durante 15 días. Lo más probable es que nos ofusquemos ante el pedido y elijamos otro destino, con requisitos de ingreso más razonables. Entonces ¿se pueden pedir los antecedentes penales cuando la persona solicita la residencia en el país? Eso ya se hace desde hace décadas, está escrito en la ley vigente y en el reglamento migratorio. ¿Y respecto a verificar que las personas que ingresan no tengan pedido de captura internacional? Eso también se hace, y de manera automática: cuando el operador migratorio carga el nombre y el número de documento de la persona en el sistema informático (que corre desde hace años en los aeropuertos, en los pasos terrestres y en los pasos fluviales y marítimos) aparecen las órdenes de captura internacional –igual que las prohibiciones de salida dictadas por juez competente para los argentinos que tengan causas judiciales en curso u otro tipo de restricción.

2.

El DNU 70/2017 publicado ayer alude a “hechos de criminalidad organizada de público y notorio conocimiento” y al crecimiento de los “delitos de narcocriminalidad” cometidos por personas extranjeras para justificar “la naturaleza excepcional de la situación planteada” y evitar “los trámites ordinarios previstos en la Constitución Nacional para la sanción de leyes”. Es decir que estamos hablando de delitos graves, con penas de prisión mayores a 3 años —y que ya estaban contemplados en los impedimentos de ingreso y permanencia del texto original de la Ley de Migraciones, redactado en 2003. ¿Cuál es entonces el aporte “original” del DNU en este aspecto? Que permite cancelar la residencia (a aquellos que ya la tienen) denegarla (a aquellos que la solicitan) y expulsar del país (con prohibiciones de reingreso de lapso variable) a cualquier persona extranjera que haya sido condenada o tenga procesamiento firme por cualquier delito, incluso por delitos menores a los que corresponden penas reducidas (algunos meses, uno o dos años) y cuyo cumplimiento suele ser condicional. Ninguno de los delitos vinculados al crimen organizado o al narcotráfico que justifican la necesidad y urgencia alegadas en el DNU contemplan penas menores a 3 años.

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¿Entonces? Numerosas pistas permiten pensar que estas medidas “preventivas” que han comenzado a discutirse y que se están poniendo en marcha para “evitar el ingreso de delincuentes” son en verdad prácticas para evitar o dificultar el ingreso y la permanencia de personas provenientes de países latinoamericanos (basta con recordar los recientes dichos de la Ministra de Seguridad http://www.lanacion.com.ar/1978531-patricia-bullrich-aca-vienen-ciudadanos-peruanos-y-paraguayos-y-se-terminan-matando-por-el-control-de-la-droga). En el intento de disimular el prejuicio y la xenofobia como los motores de la “prevención”, se recurre a un desplazamiento de sentido casi infantil: se habla de la delincuencia, se “encuentran” delincuentes peruanos, paraguayos, bolivianos, colombianos… y se “previene” su ingreso o se los expulsa en un trámite sumarísimo que además complica el acceso a la defensa.

Con este DNU, una persona extranjera que vive en Argentina hace cinco, diez, quince o veinte años y cuya familia (inmigrante o argentina) reside también aquí podrá ser deportada en unos pocos días por haber estafado, defraudado, cometido un hurto u ocupado una vivienda —delitos por los cuales pocos argentinos irían a la cárcel. Por un delito menor se habilita el desmembramiento, la estigmatización y la marginación de cantidades de familias y se crean las condiciones para que infinidad de niños y niñas (argentinos e inmigrantes) crezcan sin su padre o su madre, con los riesgos y el dolor que ello implica. Entonces, por el solo hecho de ser extranjeras, algunas personas (que cometan los mismos delitos que un argentino) serán destinatarias de un castigo diferente, especial y desigual. Las lógicas de segregación y los prejuicios que se reforzarán y naturalizarán a partir de estas situaciones difícilmente contribuyan a una sociedad menos violenta.

Pero también debemos pensar qué ocurrirá en el caso de delitos más graves. Si un extranjero explota, viola o asesina a alguien podrá ser deportado antes de que la sentencia esté firme, antes de que se conozca y confirme la verdad de los hechos, antes de que la justicia ofrezca al menos una reparación simbólica a la familia, antes de que cumpla la condena. Es más: idealmente le conviene que lo atrapen “con las manos en la masa” para que no haya dudas acerca de su culpabilidad. Y con el procedimiento sumario de expulsión, antes de transcurridos 60 días podría estar en su país, donde no cumplirá ninguna condena ya que allí no cometió ningún delito y la justicia argentina no lo puede alcanzar. En esta situación ¿quién se hará cargo de la impotencia y de la injusticia hacia las personas damnificadas? ¿Fantasía? ¿Ficción? En breve, la aplicación de la nueva norma nos lo dirá.

3.

En infinidad de ocasiones se ha dicho que Argentina es un país de inmigrantes. Prueba de ello son el Preámbulo de la Constitución Nacional —piedra fundante de un relato que entrelaza inmigración y Nación— y los millones (literalmente) de historias familiares basadas en la inmigración. Sin ir más lejos, nuestro Presidente, Mauricio Macri, es hijo de un inmigrante, igual que lo fueron Menem, Illia y Frondizi.

El panorama migratorio en nuestro país siempre ha sido dinámico y heterogéneo. Hay personas que vienen y han venido de Uruguay, Italia, Chile, Paraguay, España, Rusia, Perú, Portugal, Bolivia, Japón, Colombia, Líbano, Venezuela, Senegal, Siria, Polonia, México, República Dominicana, etcétera. Han venido y vienen para trabajar (la enorme mayoría), para estudiar, por amor, para reunirse con padres, madres o hijos, o huyendo de guerras e inseguridad política. Algunas se han quedado por unos pocos años, otras más tiempo, y otras por el resto de su vida —pero ninguna sabía qué le depararía el destino cuando recién llegó. No obstante este enorme acervo de variadas experiencias, en Argentina no es fácil hablar de inmigración: el singular “árbol” de cada familia vuelve difícil ver y entender la gran cantidad de historias diferentes que prosperan en el bosque. Por ello, en numerosas ocasiones (pasadas y presentes), la diversidad histórica y contemporánea se ha visto arrollada por expresiones simplistas y nociones erróneas que atizan la desconfianza, el rencor y el rechazo.

A principios del siglo XX, cuando comenzaron a crecer en Argentina los primeros reclamos obreros, se aprobó la Ley de Residencia de Extranjeros, que permitió la deportación de varios miles de italianos, españoles, alemanes y franceses. Luchaban por algo tan básico como leyes laborales que establecieran horarios de trabajo, paga, francos, derecho a la sindicalización. En una secuencia que luego se repetiría, los inmigrantes de entonces fueron el chivo expiatorio: en vez de debatir ideas y políticas en beneficio del conjunto de la sociedad, se los expulsó por atentar contra el orden público.

Muchísimos investigadores y organizaciones de la sociedad civil llevamos diez, quince, veinte y treinta años siguiendo las temáticas migratorias, analizando la evolución de los flujos, las trayectorias de las personas y las familias y reflexionando acerca del impacto de leyes y políticas. Sabemos fehacientemente que la movilidad de las personas a través de las fronteras es compleja y que es imposible entenderla (y menos aún abordarla desde las políticas) si esa complejidad se reduce a las expresiones simplistas y efectistas que venimos observando en los últimos tiempos.

Es indispensable evaluar seriamente cuáles pueden ser las consecuencias reales de las medidas que están en carpeta, más allá de las intenciones que las inspiran. Las acciones y las políticas migratorias insensatas o desatinadas atentan contra la dignidad de las personas y generan dolor, desigualdad, marginalidad e injusticia. Esto no es bueno para nadie: ni para los inmigrantes ni para los argentinos. Necesitamos hablar de manera seria y responsable en cuestiones que hacen a la vida cotidiana de millones de personas.

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Una primera versión de este artículo, titulada Migración y delincuencia. Controles en las fronteras de la (in)sensatez se publicó en el blog “Pescado Fresco” (https://pescadofrescoblog.wordpress.com/).