Ensayo

Pantallas y audiencias


No es la tele, es su contenido

¿Cuál es la función social del móvil en vivo y en directo? ¿Qué muestra y qué oculta el drone que sobrevuela una movilización popular? ¿Qué le demandamos a Netflix y qué le exigimos a la TV abierta y a los canales de noticias? La pregunta no es si se mira menos tele sino qué hace la tele para que las audiencias la miren.

Las audiencias televisivas contemporáneas se han moldeado como un ecosistema que navega entre el vivo de esas señales de noticias, el noticiero tradicional de la televisión gratuita tradicional, el infoentretenimiento, la circulación por las redes sociales digitales, el acompañamiento de la televisión generalista y, por cierto, la práctica cada vez más extendida del uso de servicios over the top, cuya expresión más emblemática en Argentina es Netflix.

Si bien estas múltiples acciones (que son muy diferentes y significan cosas diversas) configuran una compleja sociología de las pantallas, no menos cierto es que, cada una de estas prácticas repone sentidos y expectativas heterogéneas -no cualquiera- por parte de las audiencias.

A Netflix no se le reclama información "dura" así como a la televisión generalista no se le reclama repetición de programas emitidos.

Audiencias cada vez más socializadas (¿mediatizadas?) en el acceso instantáneo a informaciones y opiniones en vivo se toparon en estas últimas semanas con dos hechos de significativa envergadura para la historia social y política contemporánea del país que pusieron en crisis el pacto audiencias/TV: el fallo judicial por la megacausa ESMA de noviembre de 2017 y las movilizaciones del 18 de diciembre contra la reforma del sistema previsional. Ambos episodios evidenciaron potencias desechadas, perspectivas espectacularizadas y sobre todo, la carencia de respuesta de cierta televisión a necesidades de públicos y usuarios que, cada vez más, le exigen que asuma su responsabilidad social.

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Se trata de audiencias que, habituadas al vivo se vieron sin el vivo de algo que les resultaba relevante. Y eso fue lo que se empezó a viralizar en las redes sociales digitales.

Mientras esa televisión no dé respuestas autocríticas y reflexivas, será la artífice (junto con otros actores del Espacio Audiovisual Ampliado) de la expulsión de sus propias audiencias que, desde redes sociales digitales y medios alternativos, desarrollan tácticas infocomunicacionales cada vez más extendidas, plurales y reveladoras.

La función social del “vivo”

 

El 29 de noviembre de 2017 volvió a expresarse en las redes sociales digitales un descontento bastante amplio respecto de la actitud que tuvieron algunos medios audiovisuales (generalistas y de acceso gratuito) hacia sus audiencias. Ese descontento, muchas veces, se ha inscripto más en una dimensión ideológica, cultural y comunicacional y no necesariamente en un plano jurídico.

Me interesa reflexionar sobre esa primera dimensión, ya que resulta significativa para la indagación acerca de aquello que propone la televisión generalista gratuita, sus formas de cubrir "el vivo" y la evidente carencia de heterogeneidades en un universo que tiende a la imitación, repetición, espectacularización y, con todo ello, a la ausencia de innovación y pluralización[1].

Aquel lejano 29 de noviembre, varias personas expresaron su molestia ante la ausencia en televisión de aire de la transmisión en vivo del fallo que muchos consideran la causa judicial más relevante de la democracia en relación con la dictadura cívico-militar de 1976-1983.

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En términos estrictamente comunicacionales, la "megacausa ESMA" y su fallo se convirtieron, más allá de su dimensión jurídica, en un hecho de gran relevancia social, comprensible sólo a la luz de la trayectoria de los movimientos de Derechos Humanos en el país, del acompañamiento de la sociedad civil durante más de treinta años a la lucha de esos organismos, de la consolidación del trinomio "memoria, verdad y justicia" como motorizador, movilizador y síntesis de una perspectiva democrática acerca del estado de derecho y de la función social del Poder Judicial en relación con la historia reciente del país.

En las redes sociales digitales (sobre todo en Twitter) hubo varios cuestionamientos porque, para enterarse en el momento de la sentencia, sus usuarios debían recurrir a esas mismas redes para saber, instantáneamente, lo que pocas horas después sería repuesto en los noticieros televisivos. Era obvio que un hecho de tal envergadura no iba a carecer de espacio en los noticieros de televisión abierta que, en su mayoría, se inician después de las 20 horas.

La instantaneidad -acompañada, además, por una movilización popular significativa a los tribunales donde se estaban dictando las condenas- y la necesidad de asistir mediáticamente a tal hecho emergía como un reclamo de algunos usuarios ávidos de ver, estar, compartir el imaginario de comunidad que identifica a una sociedad o a cualquier grupo de esa sociedad. Compartir imaginariamente el tiempo, el espacio y las sensaciones son el sustento de la "existencia" de todo colectivo que se identifique como tal.

Dejemos en claro el aspecto normativo: el 29 de noviembre de 2017 no hubo vulneración de ningún derecho de las audiencias en el hecho de que no se emitiera en vivo el momento del fallo ni ninguna otra instancia de la "megacausa ESMA" (de hecho, la señal de noticias TN emitió fragmentos de la misma). No se trata, entonces, de ponderar las "verdades jurídicas" en juego en lo que algunos querían ver y no pudieron hacerlo gratuitamente en el momento en que ocurría[2]. Se trata de las "necesidades culturales" que se entremezclan en un momento histórico en el que la inmediatez, la relevancia y la capacidad tecnológica posibilitan vivir "en vivo" aquello que ocurre fuera del alcance de nuestros cuerpos.

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El enojo de los tuiteros que querían ser televidentes en vivo puede ser o no legítimo, pero lo que expresan es un tipo de demanda a los medios audiovisuales generalistas de acceso gratuito respecto de su relación con los hechos que ambos (medios y audiencias), de manera disímil, consideran relevantes.

El 24 de noviembre, la televisión tradicional optó por mantener una lógica estructural que le cuesta (o ni intenta) repensar a la luz de transformaciones culturales que las audiencias manifiestan en este tipo de demandas. Más allá de la dimensión "político-ideológica" que pudiera motivar la queja de no poder ver "por la tele, en vivo" el fallo, lo que se puso en cuestión es una forma de relación entre audiencias y audiovisual que interpela a la televisión generalista gratuita de manera novedosa: lejos de considerarla extinguida, se le pide que asuma nuevas lógicas, incluso cercanas a lo que tanto le preocupa a esa misma televisión.

La instantaneidad de Internet, de las redes sociales (a la que cada vez más recurren los noticieros y los autodenominados "programas políticos de opinión" o los magazines para crear el efecto de sentido de inmediatez y no mediación), no fue comprendida por la televisión tradicional como una oportunidad para mostrarse sensible ante audiencias que requerían asistir a un hecho significativo para sus vidas, sus historias y sus identidades.

O sea: no hubo vulneración de ningún derecho en el hecho de que no se emitiera en vivo el fallo, pero se protestó contra la traición de un pacto de confianza que muchas audiencias reclaman al audiovisual contemporáneo.

La televisión generalista gratuita, la "tradicional", preserva aún una ventaja sobre las tecnologías audiovisuales VoD (Video on demand) y servicios OTT (over the top) precisamente en el plano informativo y, sobre todo, en su capacidad del en vivo y en directo, capacidad que Beatriz Sarlo marcó oportunamente como una de las operaciones más potentes para el borramiento de las marcas enunciativas del dispositivo televisivo.

Por otro lado, las "señales de noticias de cable" suelen transmitir durante horas hechos irrelevantes o extensas coberturas fundadas en dos variables: el presunto éxito que expresa la medición del minuto a minuto de la espectacularización del "policial" (en sus diferentes acepciones) y el costo que tiene desplazar un móvil de exteriores, cuyo valor económico es oneroso y requiere ser rentabilizado.

Resulta interesante identificar que las audiencias siguen reclamándole a la televisión generalista (incluso al "cable") una función social que les posibilite acceder en simultáneo a la realidad que las circunda y afecta.

Esa expresión -se comparta o no- es una expresión histórica que articula prácticas cotidianas, potencialidades tecnológicas y trayectorias ideológicas. Atender a ese proceso de construcción cultural de las audiencias resulta fundamental para que la televisión repiense -como cada institución social- su relevancia, su potencialidad y, sobre todo, los desafíos que le plantean sus audiencias en sus prácticas habituales.

Ante una devaluación cada vez mayor de los indicadores de ratings (cuyas causas son múltiples), reflexionar críticamente, puede ser un primer paso para que los prestadores de servicios de comunicación audiovisual se dejen interpelar por sus audiencias y comprendan que, con o sin razón, sus públicos son cambiantes, activos y demandan por promesas implícitas que hacen que, aun hoy, no dejen de mirar y, en cierto modo, confiar en y exigirle a la televisión[3].

Si toda experiencia es una posibilidad de reflexión, innovación, ratificación o transformación, el 24 de noviembre de 2017 una parte de las audiencias evidenció un conjunto de inquietudes legítimas (ya dijimos que actualmente no alcanzan a ser un derecho) que podrían favorecer a un audiovisual plural que transforme la ecuación que hoy vincula a medios similares con públicos diversos.

El móvil y el drone

El 18 de diciembre[4], ante una multitud movilizada en repudio a la reforma del sistema previsional de Argentina, sí se produjo aquella interrupción de programas -y se yuxtapuso dentro de los magazines- en el horario del mediodía y de la primera tarde.

¿Pero qué fue lo que se emitió? Los drones, móviles y comentarios "en vivo" y en piso que poblaron las emisiones -de manera casi absoluta- fueron los relatos concentrados en centenares de manifestantes que se enfrentaban a otros centenares de policías, y sobre cuya situación narraban (y mostraban con primeros planos) piedras que volaban y balazos de goma que volvían. Es decir, los programas se interrumpían por otro elemento estructural de la televisión generalista actual: aquello que es pasible de ser espectacularizado.

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De hecho, el pedido desde el piso a quienes conducían los drones (nueva fuente de verdad y justicia televisiva), era que se acercaran cada vez más a dos lugares: América, por ejemplo, a la esquina de Rivadavia y Rodríguez Peña; C5N a la de Solís e Hipólito Yrigoyen.

Desde el piso no había interrupción para dar cuenta de la movilización y el derecho a la protesta social. No se pedía que se mostrara la masiva concurrencia ni se entrevistara a personas de a pie. La interrupción -o yuxtaposición- era para un concepto limitado de noticiabilidad que radica en la espectacularidad de las imágenes "espectaculares" y los relatos exaltados que, empáticamente, expresan indignación ante tamaño cascote.

Los drones, los comentarios en piso, las tomas eludieron imágenes como la expuesta por "La Izquierda a Diario", la cual recorrió la totalidad de la manifestación, brindando una imagen imborrable de la capacidad de movilización social que estaba protestando y que no era televisada. No había allí noticia que le valiera a la televisión generalista una cobertura significativa que hiciera que la protesta motivara la suspensión de su flujo cotidiano.

Es decir, lo que no fue posible el 24 de noviembre sí lo fue el 18 de diciembre. ¿Qué diferencia hubo?

Más allá  de las distinciones temáticas e ideológicas, hubo una diferencia crucial: el 24/11 no hubo lo que sí el 18/12, es decir, la capacidad de que el eje de la noticiabilidad fuera la espectacularización de la realidad. Fue ese "espectáculo" el que ingresó tras las 13:30 en la pantalla. No la reforma previsional. No la movilización de quienes hacían uso de su derecho a la protesta.

Lo alternativo

 

Para no caer en una arista única y lineal de la conflictividad comunicacional, sumemos que resulta llamativo que aun habiendo conectividad en el recinto donde se dictó el fallo del 24 de noviembre, nadie haya emitido, mediante los dispositivos de esas redes sociales digitales, la sentencia reclamada por esos usuarios que querían ser audiencias. Hay allí una potencialidad comunicacional que ya no encuentra su límite en el dispositivo tecnológico televisivo sino, sobre todo, en la inventiva y la creatividad que toda resistencia comunicacional supone y a la que una posición ética coherente obliga.

Es esa dimensión táctica -y aquí la segunda reflexión- la que emisoras como Barricada TV o radios como FM La Patriada (por poner dos ejemplos emblemáticos) han promovido desde sus propuestas comunicacionales alternativas.

Del mismo modo, una enorme cantidad de filmaciones caseras, subidas a la red por parte de usuarios con sus celulares conectados a twitter, han posibilitado que aquello que no interrumpía la estructura de una televisión generalista de aire (que solo pareciera encontrar en el espectáculo de la noticia la potencial ruptura de su flujo estable comunicacional) se viera, se conociera y, finalmente, jaqueara la discursividad homogénea de la televisión: fue a través de esos dispositivos que quedó en evidencia la cacería que lanzaron las fuerzas de seguridad sobre lo que quedaba de una masividad casi no mostrada por la televisión generalista gratuita.

Mientras esa televisión no se discuta a sí misma, mientras no advierta cómo es cuestionada mediante prácticas concretas (y no a través de meros slogans tribuneros), esa televisión seguirá siendo expulsiva de sus propias audiencias y seguirá creyendo que su público es el mismo que hace treinta o cuarenta años.

Así, será fácil decir que los jóvenes 'no miran la tele'. Lo que será difícil explicar es qué hace la tele para que los jóvenes y adultos la miren.

[1] Al respecto, cfr. Becerra, M.: https://www.revistaanfibia.com/ensayo/zapping-los-huerfanos/, autor a quien agradezco sus comentarios para este texto.

[2] Utilizamos de manera figurada verdad jurídica (es decir, no seguimos aquí a Foucault) para subrayar que, en este caso, no hay una correspondencia entre la posible legitimidad de la presunta queja y las motivaciones legales que podrían invocarse en torno a la Ley 26.522. Entendemos que, en términos normativos -que es una de las formas en que se expresan las verdades de y en un momento histórico determinado, (siempre sujetas a la conflictividad y transformación)-, no hay obligación alguna de emitir un contenido como puede ser el fallo de un juicio, por más relevante que éste sea para la historia del país.

Por otro lado, el hecho de que el Estado esté incumpliendo con lo establecido por los artículos 77, 78, 79 y 80 de dicha Ley (definición y acceso a 'contenidos relevantes') fortalece aun más nuestra afirmación de que, en el caso aquí referido, no ha habido vulneración alguna de la ley.

[3] Esto no significa concluir que la televisión generalista debería haber hecho otra cosa que lo que hizo. En todo caso, creemos importante preguntarse cuánto pluralismo hay en el audiovisual cuando los cinco canales de aire que emiten desde Buenos Aires -y se presentan como "federales"- hacen exactamente lo mismo.

[4] Este aporte se lo debemos a la investigadora del CONICET Carolina Justo von Lurzer, quien se dedica al análisis de la televisión, géneros mediáticos, relevancias culturales contemporáneas y audiencias.